¿Por qué la Asamblea Nacional Constituyente en Venezuela tomó la decisión de asumir algunas funciones de la Asamblea Nacional?

Posted on

Con información de Telesur.

La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) asumió algunas funciones de la Asamblea Nacional (AN) para neutralizar los ataques, los cuales, según la abogada constituyente María Alejandra Díaz, deben detenerse porque de no hacerlo equivale a armar al enemigo para la propia destrucción del Estado.

La constituyente aclaró que no se trata de un castigo o una pena sino de un ejercicio de defensa de la Constitución porque la misma es la síntesis de la nación y “quien atenta contra ella, atenta contra el pueblo”.

“He allí la razón de Estado que explica la decisión de suspender de sus funciones a la AN en virtud del desconocimiento y no subordinación de la AN al poder originario detentado por la ANC”, precisó Díaz.

La AN de Venezuela no se presentó ante la ANC, con lo que desconoció al poder supremo y originario. Sin embargo, la AN no fue disuelta. El poder legislativo cuyo máximo exponente es la Asamblea Nacional (AN) fue citado este viernes ante la instalada Asamblea Nacional Constituyente (ANC) pero no se presentó.

Tras esta ausencia la ANC emitió un decreto en el que asume algunas funciones de la AN en materia de paz, soberanía, economía y preeminencia de los derechos venezolanos.

Aunque medios internacionales aseguran que la AN se disolvió, la presidenta de la ANC, Delcy Rodríguez, explicó que que el Parlamento no fue disuelto y la ANC solo asumió ciertas funciones debido a que los directivos opositores, al no presentarse al llamado realizado por la ANC, desconocieron nuevamente la voluntad del pueblo venezolano.

Analistas venezolanos destacan que la AN se dedicó, desde su instalación en 2015, a inflingir y dañar al Estado venezolano con dos tipos de ataques contra la Constitución del país, en primer lugar desde adentro al cobijo del propio texto fundamental y en segundo lugar desde una posición de poder de la propia estructura del Estado.

María Alejandra Díaz explicó que la AN convertida en agresor de la comunidad del Estado desconoció y desobedeció al Consejo Nacional Electoral (CNE), al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y ahora al poder supremo y originario: la ANC. Enfatizó que esta actuación no debe ser permitida.

La AN violó el artículo 349 de la Constitución en el que se explican las formas a través de las que se realizaría la Constituyente que según el artículo 342 de la Carta Magna puede ser convocada por el presidente de la República.

A su vez, la AN continúa en desacato pues desconoció la sentencia del TSJ y juramentaron como diputados a tres individuos cuya elección estuvo marcada por irregularidades.

Un agresor o agresora de la comunidad del Estado y los Derechos Humanos, hablando en términos constitucionales, posee una señal que lo identifica como enemigo del Estado, explica Díaz.

La abogada detalló que la AN agredió sistemáticamente a la comunidad del Estado y busca destruirlo por medios no democráticos y en una ponderación de intereses debe prevalecer el interés del Estado, del colectivo, de lo comunitario, de otra forma, se estaría legitimando el mal causado al Estado y estableciendo actos preparatorios para su propia destrucción.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s